Si tu empresa o tú como autónomo habéis solicitado una de las subvenciones del programa Kit Digital, es fundamental que conozcáis cómo afectará esto a vuestra tributación. La correcta gestión de estas ayudas puede marcar la diferencia en vuestra declaración de impuestos. Desde Prodempresa, te explicamos lo que necesitas saber sobre la tributación del Kit Digital.
¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es una iniciativa diseñada para apoyar a las empresas y autónomos en la implementación de soluciones digitales que potencien su actividad. Si desarrollas tu actividad como autónomo o a través de una empresa con un máximo de 250 trabajadores, puedes solicitar esta subvención para adquirir soluciones digitales concretas o incluso hardware, como:
-Sitio web y presencia en internet.
-Ordenador portátil o de sobremesa.
-Comercio electrónico…Y más.
Bono Digital
La cuantía total de esta subvención, conocida como bono digital, varía en función del tamaño de tu empresa y del número de trabajadores, oscilando entre 3.000 y 29.000 euros. Las soluciones elegibles y el importe máximo subvencionable para cada una también varían, situándose entre 1.000 y 29.000 euros.
Importante: La Administración abonará directamente a tu agente los honorarios correspondientes, excepto el IVA, que deberás pagar tú y podrás deducirlo en tu declaración periódica.
Tributación del Kit Digital
Es crucial entender cómo se imputa la subvención recibida para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales. Las subvenciones del Kit Digital se clasifican en dos tipos principales según su finalidad:
- Subvención Corriente
Definición: Se destinan a cubrir gastos del ejercicio.
Tributación: Se imputan en su totalidad como un mayor ingreso en el ejercicio en el que se notifique su concesión.
Ejemplo: Si utilizas el bono para cubrir gastos operativos como la contratación de servicios de ciberseguridad, la totalidad del importe se considerará ingreso en el año en que recibes la subvención. - Subvención de Capital
Definición: Se vinculan a la adquisición de un nuevo elemento patrimonial afecto a la actividad.
Tributación: Deben imputarse en la misma proporción en que se amortice el bien adquirido.
Ejemplo: Si utilizas el bono para adquirir un nuevo software, deberás contabilizarlo como una “Aplicación Informática” y amortizar la subvención a lo largo de la vida útil del activo.
Recuerda que las subvenciones del Kit Digital constituyen un mayor ingreso que tributa en el Impuesto sobre Sociedades (IS) para empresas o en el IRPF para autónomos. Es esencial reflejar correctamente estos ingresos en tu contabilidad para evitar problemas fiscales.
El Kit Digital es una excelente oportunidad para modernizar tu empresa o actividad como autónomo, pero es crucial entender cómo afecta a tu tributación. Asegúrate de identificar correctamente el tipo de subvención recibida, imputar adecuadamente la subvención según su finalidad y cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con la amortización y declaración de ingresos. Para más información y asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nosotros. ¡Aprovecha el Kit Digital y lleva tu negocio al siguiente nivel!